Lecciones de Software Libre

Angel E. Mendoza

Aplicación práctica de una licencia libre

Veamos como aplicar concretamente la licencia en nuestro software, no todas se aplican exactamente de la misma forma, pero en general el procedimiento es similar. A modo de ejemplo se explicará cómo licenciar software bajo GNU GPL 2.

En cada archivo que compone el código fuente de nuestro software deberemos agregar la nota del Copyright, algo como: “Copyright 2007 Pedro Pérez”. Al respecto, debemos tener en cuenta:

  • Siempre debemos usar la palabra “Copyright”, nunca alguna de sus “traducciones” (como “Derecho de Autor” o “Derecho de Copia”). El símbolo “©” puede estar incluido si así lo deseamos, no es obligatorio, también podríamos usar “(C)”.
  • El año especificado debe ser aquel en el que liberamos dicha versión. A medida que vamos liberando nuevas versiones en los años siguientes, la nota legal deberá hacer referencia a cada uno: “Copyright 2007 2008 2009 Pedro Pérez”.
  • También debemos agregar en cada archivo fuente una nota estableciendo que esta permitida la copia bajo los términos de la GNU GPL. Este es el texto a incluir.
  • Junto con el código fuente debe incluir una copia de la licencia completa, en nuestro caso la GNU GPL. Este archivo debe ser texto plano y usualmente es nombrado como LICENSE o COPYING. El texto de la licencia debe ser en inglés (las traducciones no son oficiales).
  • Como lo dicho al comienzo del artículo, no hay ninguna necesidad legal de registrar el software en la entidad de Copyright o Derechos de Autor de su país. La sola distribución hace que su software “obtenga” Copyright. El registro ante la entidad solo cobra sentido ante una confrontación legal o violación de la licencia de su software.
  • En el caso de la GNU GPL, la FSF nos ofrece nombrarla como titular de nuestro Copyright. De esa forma ellos se encargan de hacer valer la licencia en caso de violación, sobre todo en el contexto legal de los Estados Unidos. Esta posibilidad es muy usada por aquellos desarrolladores que no tienen posibilidades, conocimiento o interés en hacerse cargo de las cuestiones legales de su software, pero quieren hacerlo libre.
Fuente: http://www.maestrosdelweb.com/editorial/licencias-libres-de-software-ii/

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